Blog

Post

Por mucho que tu jefe insista, la empresa no puede obligarte a entrar ni quedarte en el grupo de WhatsApp del trabajo

  • No existe ninguna ley ahora mismo que regule este tema específicamente
  • Hay precedentes donde el consentimiento es imprescindible para que nos metan en grupos de trabajo si el teléfono es nuestro
  • La situación es un poco diferente si el teléfono y la línea pertenecen a la empresa

 

WhatsApp se ha convertido en una pieza vital de nuestra vida. Para muchos, incluso en su trabajo. No deja de ser vía de comunicación directa y muy cómoda entre los distintos empleados de una empresa, así como con los jefes. Sin embargo, esto genera una serie de dudas con respecto a los derechos de cada uno, como, por ejemplo, si nos pueden escribir estando de vacaciones. Ser miembro (o no) de un grupo de WhatsApp en el trabajo también genera preguntas.

La creación de los mismos es muy frecuente, ya sea para mantener una comunicación relacionada con el trabajo o para planear, por ejemplo, un viaje o una comida de empresa. Pese a lo común del asunto, lo cierto es que es un tema bastante complejo que tiene mucha miga detrás. No hay ningún precepto legal concreto que hable de ello específicamente, aunque sí tenemos dónde apoyarnos para hablar sobre esta temática.

 

Sin consentimiento, no hay grupo de trabajo

Hay usuarios que, ya sea por cuestión de privacidad o simplemente por gustos, no quieren estar en ningún grupo de WhatsApp. Eso es algo que pueden controlar estas personas en su día a día, saliéndose de un grupo en el caso de que su administrador o algún miembro lo invite. Ahora bien, ¿y si esta invitación procede de un jefe o un compañero para entrar en un grupo relacionado con el trabajo?

Como hemos dicho un poco más arriba, no hay ningún artículo de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (o RGPD) que hable de este caso concreto. Ahora bien, sí que podemos encontrar resoluciones específicas de la Agencia Española de Protección de Datos (o AEPD) donde se aborde esta cuestión. De hecho, tenemos una muy reciente, firmada el día 3 de febrero de este mismo año.

La misma versa sobre un trabajador que, sin haber dado ningún tipo de consentimiento, es invitado a un grupo de trabajo. Curiosamente, este grupo de trabajo no es para abordar cuestiones relacionadas con el mismo, sino que su finalidad es organizar una fiesta de Nochevieja para la empresa. De hecho, el primer mensaje del mismo promocionaba este evento, informando de cosas típicas como el menú y su precio.

Aquí hay que tener en cuenta varios elementos. El primero de ellos es que, tal y como explica la AEPD en la resolución, el responsable del tratamiento de los datos es la propia empresa. Además, el número de teléfono del empleado es lo que se considera como "datos personales", según el artículo 4.1 del RGPD. De esta forma, al entrar en un grupo, todos los miembros pueden ver tanto el número de teléfono.

Una vez que ya entendemos el contexto de este asunto, toca pasar a hablar de si estamos ante un hecho ilícito o no. La AEPD entiende que en este caso se produce una infracción directa del artículo 6.1 del RGPD. El origen de la misma está en que no hay ningún tipo de consentimiento de la persona que es metida en el grupo, por lo que el tratamiento que se le están dando a sus "datos personales" es ilícito.

La consecuencia, en este caso concreto, es una multa de 500 euros a la empresa por dicha infracción. Ahora bien, esto se refiere a un caso donde el número (es decir, la línea de teléfono) era propiedad del empleado. La situación hubiera sido diferente si el teléfono fuera propiedad de la empresa, ya que es esta la que tiene el control de este medio porque es suyo. Sin embargo, no todo es tan fácil: la empresa tiene que tener una política clara y que exprese lo que el trabajador puede y no puede hacer con ella.

Otro caso totalmente diferente: ¿y si se trata de teletrabajo? Las particularidades de esta forma laboral hacen que se trate de un escenario sensiblemente diferente y donde no se puede establecer igualdad en el escenario.

Como ocurre en el otro caso, tampoco existe ningún precepto legal concreto, aunque sí que podemos fijarnos en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Al respecto, tenemos una sentencia del pasado 2 de abril que versa sobre ciertos aspectos de esta modalidad laboral, haciendo hincapié una parte de la misma en si el trabajador tiene la obligación de dar su correo electrónico o su teléfono a la empresa.

En este caso particular, la situación es algo más complicada. El contrato laboral firmado por el empleado incluía una cláusula en la que especifica que tenía la obligación de aportar esa información a la empresa para que, en caso de urgencia, pudieran contactar con él. En este caso, el tribunal determina que, efectivamente, el trabajador debe ceder el número de teléfono a la empresa. Ahora bien, esta solo podrá usarla justificante que, efectivamente, se trataba de una urgencia. Dicho de otra forma: tampoco podría añadirlo a un grupo sin consentimiento directo.

 

Los grupos de WhatsApp del trabajo cuentan con protección legal

También podemos darle la vuelta a la tortilla. Imagina que tenéis un grupo de WhatsApp en el trabajo, pero un jefe no es partícipe del mismo. Sin embargo, este consigue acceder de forma ilícita y copiar mensajes para usarlos en un proceso judicial activo. Este caso, que no es para nada inventado, es sobre el que versa un recurso de apelación que ha pasado por la Audiencia Provincial de A Coruña, del 25 de febrero.

Los mensajes de uno de estos grupos solo son accesibles si formamos parte de él. En este caso, para agravar la situación, la jefa en cuestión se jactó de haber obtenido los mensajes de forma ilícita. Basándose en todo ello, la Audiencia Provincial considera que esta obtención es totalmente ilícita, confirmando así la protección que tienen estos. El recurso fue rechazado, manteniendo firme la condena por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Estos casos chocan directamente con el derecho a la desconexión digital, por lo que es una pena que no exista legislación dedicada y concreta que nos permita tener preceptos claros. La jurisprudencia y las resoluciones de la AEPD, así que de momento nos tendremos que conformar con ello para entender donde están los límites.

Fuente: Xataka

Leer más

10/05/2025

Compartir:
Post

Así es el nuevo DNI digital que aprueba hoy el Gobierno: lo que puedes hacer con él y lo que no

El Consejo de Ministros da luz verde este martes al real decreto que permitirá llevar el Documento Nacional de Identidad en una aplicación móvil, aunque de momento no servirá para varios trámites

 

La digitalización del DNI en España da hoy un paso definitivo con la aprobación del real decreto que permitirá a los ciudadanos llevar el documento de identidad en su teléfono móvil. Si eres una persona olvidadiza y tiendes a dejarte el DNI o directamente la cartera en casa, estás de suerte. Este martes, el Consejo de Ministros aprueba la norma que regula la emisión del DNI digital, que otorgará plena validez al documento cuando se lleva en formato electrónico, a través de una aplicación instalada en los teléfonos móviles.

Esta iniciativa, que llevaba tiempo en desarrollo, se suma a otras medidas tecnológicas diseñadas para agilizar la identificación sin necesidad del documento físico. Aunque la Policía Nacional ya había avanzado detalles sobre este proyecto, no será hasta ahora cuando tenga respaldo legal y pueda aplicarse de manera efectiva. Todo se gestionará a través de la app llamada 'mi DNI', donde uno podrá tener acceso a este documento y utilizarlo siempre que se necesite.

Sin embargo, pese a que se trabaja en el proyecto del denominado como 'DNI 4.0' desde 2020, la primera versión llega con muchos flecos aún por remediar, y es que no será igual que el DNI físico ni servirá para lo mismo. Al menos, por ahora. Su implementación será en varias fases, y no será 'idéntico' al DNI físico hasta dentro de un año, en 2026, como mínimo. A continuación damos respuesta a una serie de preguntas que plantea la integración del DNI digital:

 

¿Sustituye al DNI físico?

Según han explicado fuentes del Ministerio del Interior, el nuevo documento no sustituirá al físico, pero sí permitirá que los ciudadanos puedan identificarse a través de una aplicación móvil que actuará como su réplica virtual.

¿Si me para la Policía, podré mostrarle el DNI digital para identificarme?

Sí, el DNI digital permitirá acreditarse en todo el territorio nacional. Si te lo piden en un bar, en una discoteca, a la hora de comprar tabaco en un estanco… en todos estos casos, el DNI digital será igual de válido.

¿Y si tengo que firmar ante notario o recoger un paquete de Correos?

En ambos casos, también podrás acreditar tu identidad mediante el DNI digital. En todos los trámites administrativos, jurídicos o contractuales que sean presenciales el DNI digital es válido a partir de este miércoles, cuando entre en el BOE la nueva norma. Se puede emplear para acreditar identidad y datos personales como puede ser la edad, domicilio, o cualquier otro de los que aparecen en este documento, con «la misma eficacia jurídica» a efectos de identificación que el DNI en formato tarjeta que se usa ahora.

¿Si me voy de viaje a Italia, puedo utilizar solo el DNI digital?

Por el momento, según han indicado fuentes policiales, no servirá para viajar al extranjero. En ese caso, uno deberá llevar consigo el DNI físico como se ha necesitado siempre. Tampoco será válido para acreditar tu identidad en el extranjero. En cambio, sí que es válido a la hora de acreditarte en un hotel, por ejemplo, pero siempre que sea dentro de España.

¿Y podré hacer la declaración de la renta o solicitar una beca con el DNI digital?

Al igual que a la hora de viajar, por el momento tampoco se podrán hacer trámites administrativos online mediante el DNI digital. Estas limitaciones iniciales marcan la diferencia con respecto al formato tradicional, aunque el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que para 2026 el DNI también será válido para como acreditación en internet.

¿La aplicación 'mi DNI' es segura?

La aplicación estará conectada con el sistema centralizado de expedición del DNI, con la que trabaja la Policía Nacional, por lo que es completamente segura.

¿Qué pasa si un local no quiere aceptar mi DNI digital?

Marlaska ha incidido que los locales privados tendrán 12 meses de margen para adaptarse a la nueva legislación, por lo que tienen el margen de un año para 'comenzar' a aceptar tu DNI digital, pese a que a partir de este miércoles, ya será aceptado en todas las entidades públicas.

 

El DNI digital se puede solicitar además de en la aplicación de la Policía; en el proceso de renovación del DNI, cuando alguien va a una oficina de documentación; y en los puestos de actualización (PAD), máquinas con pantalla táctil y un teclado que permiten renovar las claves del DNI para usarlo de forma electrónica.

Fuente: ABC

Leer más

18/04/2025

Compartir:
Post

Mientras todo el mundo miraba a los aranceles, EEUU hacía historia con su primera ley 'cripto'

Mientras la atención mundial se centraba en los vaivenes de la guerra comercial entre Estados Unidos y China, un hecho histórico parece haber pasado casi desapercibido: el presidente Donald Trump ha firmado la primera ley relacionada con criptomonedas en la historia del país, una que elimina una norma previa del IRS (equivalente a nuestra Agencia Tributaria) que imponía estrictas obligaciones fiscales a las plataformas de finanzas descentralizadas (DeFi).

 

La decisión se produce en medio de un clima geopolítico y económico complejo, en el que la nueva política económica estadounidense parece ahora inclinarse hacia un entorno más amigable para las criptomonedas y, en particular, para el desarrollo de stablecoins.

 

¿Qué se ha derogado?

En los últimos días del mandato de Joe Biden, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) impuso una norma que equiparaba a los protocolos DeFi con los corredores de bolsa tradicionales, y exigía a estas plataformas notificar las transacciones y datos personales de los usuarios, como si fueran bancos o brokers.

El objetivo era fortalecer la supervisión fiscal de los activos digitales, bajo el pretexto de proteger a los contribuyentes y evitar la evasión de impuestos. De hecho, el Departamento del Tesoro esperaba hacerse así con miles de millones en impuestos relacionados con las 'cripto'.

Sin embargo, críticos de la industria y del Congreso señalaron que la norma era técnicamente inaplicable y excesivamente restrictiva para un ecosistema basado en el anonimato y la descentralización.

 

¿Qué cambia en la práctica? La derogación no exime a los contribuyentes individuales de declarar sus ganancias en criptomonedas, pero sí elimina la obligación de que las plataformas descentralizadas actúen como recaudadores de información fiscal para el IRS, algo que muchos consideraban una violación de la privacidad y una amenaza al modelo descentralizado.

¿Y cuáles son los próximos pasos? La administración Trump ya ha expresado su intención de impulsar las stablecoins como vehículo para reforzar el papel internacional del dólar. Según declaraciones del secretario del Tesoro, Scott Bessent, esta es una prioridad estratégica. En la reciente cumbre cripto en la Casa Blanca, el gobierno estadounidense lo definió como un pilar de su política monetaria digital.

El caso de USD1: Trump entra al juego

Paralelamente a este giro regulatorio, la familia Trump ha lanzado también USD1, una stablecoin respaldada por el dólar y desarrollada por World Liberty Financial, una empresa vinculada al presidente. Esta iniciativa pretende contribuir al predominio del dólar en el mundo cripto y revela también una motivación personal de Trump por capitalizar política y económicamente el auge de las criptomonedas.

 

En cualquier caso, no es la primera incursión del presidente en este terreno. Hace poco, Trump también promovió la memecoin $Trump, cuyo control mayoritario quedó en manos de entidades cercanas a su círculo familiar.

Fuente: Genbeta

Leer más

12/04/2025

Compartir:
Post

Primer país en tomar medidas radicales contra el coche eléctrico: no podrán aparcar en los parkings subterráneos

Este país limita el acceso de coches eléctricos a garajes subterráneos por riesgo de incendios, tras registrar fallos en baterías antiguas y falta de seguridad estructural. China ha comenzado a limitar el acceso de vehículos eléctricos a los garajes subterráneos, después de registrar numerosos incendios relacionados con las baterías de estos coches. Aunque el país lidera la electrificación del parque automovilístico global, el rápido crecimiento de este tipo de vehículos también ha traído consecuencias no deseadas. Algunos modelos antiguos, con tecnologías de baterías menos estables, han protagonizado incidentes que han forzado al gobierno y a muchas empresas privadas a actuar con urgencia. China, líder en ventas pero con desafíos de seguridad Con casi 27 millones de vehículos vendidos solo en 2024, China se consolida como el mercado más potente del mundo en automoción. De ellos, cerca de 12 millones son coches eléctricos. Sin embargo, el éxito comercial contrasta con una preocupación creciente por la seguridad de estos automóviles, especialmente cuando se estacionan en espacios cerrados. Muchos de los modelos más antiguos siguen circulando, y sus baterías, de generaciones anteriores, presentan riesgos de sobrecalentamiento y combustión espontánea. Esta situación ha provocado decenas de incendios en parkings cerrados durante los últimos años. La situación ha generado alarma tanto entre los propietarios de vehículos como en las autoridades locales. Carteles en chino que impiden aparcar a los coches eléctricosEl Debate Varios hoteles en ciudades chinas ya han comenzado a prohibir el acceso de coches eléctricos a sus garajes subterráneos. En su lugar, ofrecen estacionamientos alternativos al aire libre o en instalaciones más preparadas para este tipo de riesgo. La señalización es clara, que los vehículos eléctricos deben evitarse en entornos donde una combustión podría tener consecuencias graves. Esta medida ha sido adoptada por precaución, pero también como respuesta a los informes de los cuerpos de bomberos, que destacan las dificultades para sofocar incendios de baterías en espacios cerrados. Las explosiones por "embalamiento térmico", un fenómeno en el que la temperatura de la batería se eleva sin control, son especialmente complicadas de contener en garajes subterráneos. En los lugares donde todavía se permite el estacionamiento de coches eléctricos bajo tierra, se están adoptando medidas muy concretas. Una de las más comunes es habilitar zonas específicas dentro del parking solo para este tipo de vehículos, separadas del resto de los coches. Esto evita la propagación rápida del fuego si se produce un incidente. También se han instalado sistemas de videovigilancia 24 horas, sensores de temperatura y cámaras térmicas que permiten detectar sobrecalentamientos antes de que el problema se descontrole. Además, muchas plazas cuentan con rociadores de agua instalados directamente sobre los vehículos o sistemas de extinción individuales diseñados para actuar de inmediato. ¿Está preparado el coche eléctrico para convivir con nosotros sin riesgos? Mientras tanto, en Europa el debate sobre la seguridad de los coches eléctricos en garajes sigue abierto. Bruselas estudió hace años la posibilidad de crear plazas herméticas para extinguir incendios por falta de oxígeno, pero ese proyecto sigue sin avances ni regulaciones específicas.

Fuente: Computer Hoy

Leer más

06/04/2025

Compartir:
Post

El DNI Digital es oficial desde hoy mismo: el Gobierno aprueba al fin el gran avance pendiente en nuestra identificación

La esperada digitalización del Documento Nacional de Identidad (DNI) ha dado hoy un paso clave. Este martes, el Consejo de Ministros ha aprobado la regulación que establece las bases para la implementación de este documento en formato digital. De este modo, se otorga plena validez al documento en formato digital, siempre que el titular lo porte a través de la aplicación oficial 'MiDNI'. No se trata de una sustitución completa del DNI físico, pero la versión digital actuará como una réplica virtual que permitirá identificarnos ante las autoridades. El DNI Digital. El Ministerio del Interior, en colaboración con la Policía Nacional, ha detallado cómo funcionará la aplicación 'Mi DNI'. Esta permitirá tener acceso a nuestro documento nacional de identidad y estar acreditados ante entidades públicas y privadas. Qué podré hacer con MiDNI: El propio Ministerio Del Interior indica que el DNI Digital actuará igual que el físico, permitiendo acreditación de identidad ante trámites presenciales en la Administración, establecer cualquier tipo de relación jurídica, firma de escritura, apertura de cuentas bancarias, realización de transacciones comerciales y, en un futuro (2026) gestiones telemáticas.

Fuente: SCH Soluciones

Leer más

03/04/2025

Compartir: